Mas nadie piense que sólo con desearlo ya recibe el
fruto de este pan celestial. En los otros ejercicios de virtudes, cuando a una
obra buena le acompaña una voluntad clara y eficaz, no cambia su valor para
quien observa esa buena voluntad. Pero en la recepción de los sacramentos nunca
vale tanto la propensión de la voluntad sin la obra, como la voluntad y la obra
juntas. Los sacramentos confieren por sí mismos (ex opere operato)[1] la gracia
a quienes los reciben dignamente; fruto del que se ven privados quienes apenas
los reciben, aunque gocen, eso sí, del fruto de su devoción.
Fray Luis de Granada, Obras Completas, t.
XXXV, F.U.E. Madrid 2002,
p. 232-3
Transcripción
y traducción de Ricardo Alarcón Buendía
[1] Cf. Concilio de Tridentino, sesión VII, canon
8 ( Conciliorum oecumenicorum decreta,
Freiburg i. B. 1962, p. 661)
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